Mediante resolución de la DGI 201-7959 publicada el 19 de diciembre de 2018, se autorizan a las administraciones regionales para que se puedan aplicar todas las exoneraciones aprobadas por la DGI.
Resulta que muchas fincas (Residencias, Edificios, Fincas Agropecuarias) que tienen exoneraciones aprobadas, las mismas no se reflejan en el sistema de la DGI y por tal motivo el contribuyente no se puede acoger a la moratoria del impuesto de inmueble. Adicionalmente se debe tener en cuenta que para el 2019, los bancos iniciarían el cobro de dichos impuestos de inmuebles.
Vence Moratoria para la CSS e Inmueble
Si usted fue objeto de un alcance por parte de la CSS, spa que el período de moratoria, le eliminaría las multas, recargos e intereses. Debe apersonarse a dicha institución lo antes posible para acogerse a este beneficio antes que culmine el año 2018.
Tasa Única
Si usted todavía está moroso en concepto de Tasa Única, le informamos que la moratoria no solo elimina los mil Balboas de inhabilitación, sino que elimina los recargos.
Recuerde además que la fecha límite para el pago de la Tasa Única de Sociedades Anónimas y de Fundaciones de Interés Privado, vence el 15 de enero y el 15 de julio de cada año. Usted debe investigar con su abogado la fecha de inscripción de su SA para determinar si la fecha de vencimiento del pago de la Tasa Única en es Enero o en Julio.
“UN BREVE RESUMEN DE LOS PROBLEMAS MÁS NOTORIOS RELACIONADOS A LA MORATORIA E IMPUESTO DE INMUEBLE”
- Fincas agropecuarias que se han vencido las exoneraciones y por lo tanto presentan morosidades en inmuebles.
- Fincas Agropecuarias que tienen exoneraciones aprobadas y no se han capturado las mismas. Para ello se emitió la resolución que adjuntamos
- Residencias en las que su momento se presentaron las exoneraciones y ahora aparece en el sistema de la DGI que no se han presentado las mismas, por lo que el contribuyente tiene que ir al municipio a buscar los premios de ocupación.
- Segundas viviendas a las cuales NO se le declararon mejoras y ahora con la nueva ley una segunda vivienda pagaría impuesto de inmueble a partir de los treinta mil y anteriormente una segunda vivienda, dependiendo del valor, podría tener una exoneración hasta de 20 años.
- Valores no actualilzados en ANATI y por ende tampoco en la DGI. Se reactualizan los valores y generan impuesto de inmueble que antes no estaban contemplados, más multas y recargos.
BOLETÍN INFORMATIVO/ CANDANEDO Y CANDANEDO