Gabinete aprueba proyecto que amplía exoneración del impuesto en el Puerto Libre de Colón

Gabinete aprueba proyecto que amplía exoneración del impuesto en el Puerto Libre de Colón

El Consejo de Gabinete aprobó este miércoles, 12 de septiembre, el proyecto que modifica la Ley 29 del 30 de diciembre de 1992, por medio del cual se optimiza el Sistema Especial de Puerto Libre para Colón que excluye del cobro del Impuesto a la Transferencia de Bienes Corporales y la Prestación de Servicios (Itbms) y del Impuesto Selectivo al Consumo, según un comunicado oficial emitido por la Presidencia de la República.

La iniciativa, que será presentada a la Asamblea Nacional por el Ministerio de Comercio e Industrias (Mici), también establece el otorgamiento de los créditos fiscales como incentivo para fortalecer la inversión comercial en las 16 calles de la ciudad de Colón

Esto incluye el puerto Colón 2000, para así fomentar el efecto en el resto de la provincia.

Entre los puntos relevantes de la propuesta se encuentra la exención del pago de los tributos señalados a las compras semestrales realizadas por ciudadanos panameños y residentes en Panamá, hasta por la suma de $1,000.

Actualmente la Ley solo exonera del impuesto de importación a los nacionales.

“Este derecho de compra es personal y no es acumulable ni transferible a terceros”, narra el comunicado, que además asegura que solo será posible “la acumulación del beneficio de padres, hijos, hermanos y cónyuges entre sí, siempre que las compras totales por semestre no superen el monto acordado ($1,000)”.

En el caso de los turistas o pasajeros en tránsito, se les otorgará el beneficio para realizar compras, sin límites de monto, exentas del Impuesto de Importación, del Impuesto Selectivo de Consumo, así como del Itbms.

En cuanto a los incentivos, el proyecto destaca que “a los inversionistas de infraestructura y a los inversionistas comerciantes y/o importadores, debidamente registrados y establecidos en el Sistema Especial de Puerto Libre, les serán exonerados todos los impuesto de importación de bienes muebles, compra e importación de equipos y materiales de construcción, materias primas, maquinarias, herramientas, accesorios, insumos y todo bien o servicio requerido para las operaciones que realicen dentro del Sistema Especial de Puerto Libre, salvo la exoneración de impuestos de importación sobre automóviles y/o equipo pesado”.

“Además, les será exonerado el impuesto sobre el capital de la empresa”, expresa el comunicado.

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