Zolicol 8-5-19. A través de una Resolución de la Junta Directiva se establecen requisitos para la expedición de los permisos especiales de cigarrillo, productos derivados de tabaco y productos farmacéuticos.
El Gerente General de la Zona Libre de Colón, Manuel Grimaldo comunico que por medio de la Resolución No.008 – 2019, se adopta el Sistema de Declaración de Movimiento Comercial Electrónico y se aprueban los formularios de Declaración de Movimiento Comercial y la Ventanilla Única de Trámites.
Según se expresa en la resolución de la ZLC, las empresas tendrán un término máximo de 120 (ciento vente) días calendarios para cumplir con los requisitos de permisos especiales de importación, traspaso, comercialización, exportación y reexportación de cigarrillos y productos derivados del tabaco.
También, las empresas que se dediquen a la fabricación, envasado, importación, traspaso, exportación y reexportación medicamentos terminados, especialidades farmacéuticas, psicotrópicos estupefacientes y precursores químicos de uso medicinal.
De igual forma a esta lista se suman los suplementos alimenticios, dispositivos médicos, así como droga pura (materia prima para fabricación de medicamentos); de los productos biológicos, productos medicamentos desarrollados por la ingeniería genética.
La resolución incluye las empresas con derivados hospitalarios tales como: fitofármacos, radiofármacos, suplementos vitamínicos, dietéticos y homeopáticos y suplementos alimenticios con propiedad terapéutica; de los equipos e insumos médico – quirúrgicos, odontológicos y radiológicos.
Esto suma también los productos o materiales de uso interno, sean biológicos o biotecnológicos, empleados en la salud humana y cualquier otro producto relacionado con la salud de los seres humanos.
Esta resolución del 25 de abril 2019 publicada en Gaceta Oficial No.28761, da inicio a partir de la fecha en mención.