DECRETO EJECUTIVO REGLAMENTA LA LEY DE PATERNIDAD

DECRETO EJECUTIVO REGLAMENTA LA LEY DE PATERNIDAD

En la reciente gaceta oficial del día lunes 11 de junio del 2018, mediante decreto ejecutivo No. 35 de 31 de Mayo de 2018, se reglamenta la Ley 27 del 23 de mayo de 2017 que crea la licencia de paternidad, para los trabajadores  de empresas privadas y los servidores públicos.

Que entre otras cosas establece en su Artículo 1. el derecho a la licencia remunerada de paternidad que se le concederá al trabajador de la empresa privada y servidor público una sola vez al año a partir del nacimiento del hijo o hija y goce de los tres días hábiles de licencia, independientemente que el parto sea múltiple.

El trabajador y servidor público declarará en su contrato o formulario de datos personales y dependientes el nombre de su esposa o conviviente, por lo que las empresas privadas e instituciones públicas deberán actualizar el banco de datos de su personal de forma periódica, así lo establece el Artículo 2.

Artículo 3. El trabajador o servidor público que se encontrare en uso de sus vacaciones o incapacitado y durante ese período aconteciera el nacimiento de su hijo o hija, está obligado a comunicarlo a su empleador y una vez finalizado el tiempo de vacaciones o incapacidad, el trabajador deberá hacer uso inmediato de los días de licencia de paternidad a los que tiene derecho.

SI DESEA CONOCER MÁS DE LA LEY 27 DE  23 DE MAYO DE 2017, ACCEDA A EL LINK QUE DEJAMOS DEBAJO DE ESTA NOTA

 

SE REGLAMENTA LA LICENCIA POR PATERNIDAD pdf

 

 

 

 

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