LA UAF ESTABLECE DECLARACIÓN JURADA PARA SUJETOS OBLIGADOS

LA UAF ESTABLECE DECLARACIÓN JURADA PARA SUJETOS OBLIGADOS

José Hilario Gómez/Capital Financiero

Fundamentada en el artículo 15 de la Ley 23 del 27 de abril del 2015, la Unidad de Análisis Financiero (UAF), con el objetivo de prevenir el delito de blanqueo de capitales y financiamiento del terrorismo, procedió a publicar el Manual para la Declaración Jurada de los Sujetos Obligados, Financieros, no Financieros y Profesional que realice actividades sujetas a supervisión, que contiene una Declaración jurada emitida por sólo una vez, para los casos que no realicen transacciones en efectivo o cuasi-efectivo y semestralmente para aquellos que ocasionalmente efectúen operaciones en efectivo o cuasi-efectivo.

El manual instruye que para aquellos que ocasionalmente efectúen operaciones en efectivo o cuasi-efectivo “deberán presentar la declaración jurada semestral, la cual cubrirá los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la declaración jurada que deberán ser enviadas a la UAF, los diez primeros días calendarios del mes siguiente, entendiéndose como fecha de corte semestral los 30 de junio y los 31 de diciembre.

El formato del Formulario de Declaración Jurada estará disponible en el sitio web de la UAF, www.uaf.gob.pa; y deberá ser llenada de forma digital ante una notaría con los datos correspondientes. Una vez confeccionada la misma debe ser escaneada de forma legible junto con los documentos que sustenten dicha solicitud y ser enviada al correo electrónico (djuradadefinitiva@uaf.gob.pa, dejuradasemestral@uaf.gob.pa), según sea el caso colocando en el asunto: Declaración jurada.

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